El 18 de dic. de 2023, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe del Vaticano publicó Fiducia Supplicans, una declaración sobre el significado pastoral de las bendiciones. Algunos titulares de los medios de comunicación malinterpretaron el documento, afirmando que permite a los sacerdotes respaldar relaciones que no están de acuerdo con las Escrituras o la enseñanza católica tradicional. Sin embargo, Fiducia Supplicans (FS) no cambia ninguna parte de la enseñanza católica sobre el matrimonio o la sexualidad. El adulterio sigue siendo un pecado. La actividad homosexual sigue siendo un pecado.
El mismo dicasterio vaticano emitió un comunicado de prensa el 4 de enero de 2024 para ayudar a aclarar la recepción de este documento. Fiducia Supplicans se esfuerza por reafirmar que “el matrimonio es la unión exclusiva, estable e indisoluble entre un hombre y una mujer, naturalmente abierta a la generación de hijos.” Reafirma firmemente que “las relaciones sexuales encuentran su significado natural, propio, y plenamente humano” sólo en el contexto de esta comprensión del matrimonio. Dice que cualquier rito u oración que pueda crear confusión entre el matrimonio y lo que lo contradice es inadmisible (véase FS, núm. 4).
Fiducia Supplicans debe entenderse a la luz de la enseñanza perenne de la iglesia. Por ejemplo, repite la enseñanza de un documento anterior del mismo dicasterio vaticano, el Responsum ad dubium del 22 de feb. de 2021, que dice que “la iglesia no tiene el poder de impartir bendiciones a las uniones de personas del mismo sexo” (FS, núm. 5). Esto sigue siendo la enseñanza de la Iglesia Católica.
Dos formas de bendición
Fiducia Supplicans busca hacer una distinción innovadora entre dos formas diferentes de bendición: bendiciones litúrgico-rituales y bendiciones pastorales. Las bendiciones litúrgico-rituales son promulgadas oficialmente por las autoridades de la iglesia. Estas bendiciones requieren que lo bendecido esté conforme con la voluntad de Dios expresada en las enseñanzas de la iglesia (FS, núm. 9). Por ejemplo, la bendición dada por el sacerdote o el diácono en el sacramento del matrimonio “está directamente conectada a la unión específica de un hombre y de una mujer” (FS, núm. 6). Las bendiciones litúrgico-rituales se basan en ciertas condiciones y no deben darse en situaciones en las que no se cumplan las condiciones morales.
El documento dice: “Dado que la iglesia siempre ha considerado moralmente lícitas sólo las relaciones sexuales que se viven dentro del matrimonio, no tiene potestad para conferir su bendición litúrgica cuando ésta, de alguna manera, puede ofrecer una forma de legitimidad moral a una unión que presume de ser un matrimonio o a una práctica sexual extramatrimonial” (FS, núm. 11).
Bendiciones pastorales
Las bendiciones pastorales, tal como las describe Fiducia Supplicans, son actos de devoción simples y espontáneos en el ámbito de la piedad popular. Estas bendiciones son para todos; no tienen condiciones previas o requisitos de perfección moral por parte de los destinatarios. Las bendiciones pastorales son “ofrecidas a todos sin pedir nada” (FS, núm. 27); por lo tanto, no existen condiciones previas para recibir tal bendición. Los ministros de la iglesia siempre han dado bendiciones pastorales sencillas, informales, y no litúrgicas a las personas que las solicitan.
Cuando un sacerdote o diácono da una simple bendición pastoral a alguien, no es un respaldo a su comportamiento ni una ratificación de la vida que lleva. Más bien, es una expresión de su necesidad de la ayuda de Dios. Un sacerdote o un diácono puede dar una bendición pastoral a una persona “incluso si vive en situaciones no ordenadas al designio del Creador” (FS, núm. 28). Tal bendición pastoral no es un sacramento; es un sacramental. No tolera ni respalda el pecado, ni absuelve del pecado.
Algunos ejemplos de situaciones en las que un ministro ordenado da una bendición pastoral son cuando alguien se acerca espontáneamente a un sacerdote en la calle, en la tienda, en un santuario, o cuando la gente está en peregrinación o emprendiendo un viaje.
Fiducia Supplicans enseña que los ministros ordenados sólo pueden dar bendiciones pastorales, no bendiciones litúrgicas-rituales, a personas heterosexuales que viven juntos en una unión libre, o en un matrimonio que no es válido en la iglesia, o a personas que viven en relaciones del mismo sexo. Una bendición pastoral tan simple “no pretende sancionar ni legitimar nada” (FS, núm. 34).
Guía local
Fiducia Supplicans fue emitida el 18 de dic. de 2023, firmada tanto por el Papa Francisco como por el cardenal Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe. En su comunicado de prensa del 4 de enero, el dicasterio declaró que cada obispo local tiene el papel de discernir cómo aplicar la enseñanza de esta declaración en las circunstancias concretas de su propio rebaño local. Por lo tanto, ofrezco la siguiente guía para la Diócesis de San Ángelo.
Siempre que se le pida a un ministro ordenado dar una bendición pastoral por parte de personas heterosexuales que viven juntos en una unión libre, o en un matrimonio que no es válido en la iglesia, o por personas que viven en relaciones del mismo sexo, debe ejercer la prudencia pastoral y tener en cuenta varios factores importantes:
Debe tener cuidado de no causar escándalo grave o confusión entre los fieles (FS, núm. 30).
No debe haber ninguna intención de validar una relación o unión ni de legitimar nada (FS, núm. 40).
No debe utilizar ninguna acción litúrgica o semilitúrgica que sea similar a un sacramento (FS, núm. 36).
Debe evitar cualquier rito que pueda contradecir la comprensión del matrimonio que ofrece el Evangelio (FS, núm. 5).
Una bendición pastoral nunca debe darse “al mismo tiempo que las ceremonias de una unión civil, y ni siquiera en conexión con ellas. Tampoco puede realizarse con vestimentas, gestos, o palabras propias de una boda” (FS, núm. 39).
La bendición pastoral “no se debe llevar a cabo en un lugar prominente dentro de un edificio sagrado, o frente a un altar” (comunicado de prensa, 4 de enero).
No debe dar la impresión de que esté aprobando o tolerando cualquier relación sexual pecaminosa, ya sea heterosexual u homosexual. Más bien, está simplemente respondiendo a las personas que humildemente piden la ayuda de Dios.
No impone condiciones y no indaga sobre la vida íntima de estas personas (comunicado de prensa, 4 de enero).
La bendición pastoral debe ser muy corta, de unos 10 o 15 segundos (comunicado de prensa, 4 de enero).
En su bendición pastoral, puede ofrecer una breve oración con sus propias palabras, algo así: “Señor, mira a estos hijos tuyos, concédeles salud, trabajo, paz, y ayuda mutua. Libéralos de todo lo que contradiga tu Evangelio y permíteles vivir según tu voluntad. Amén”. Luego concluye con la señal de la cruz en cada una de las dos personas (comunicado de prensa, 4 de enero).
Él no usa el Bendicional ni ningún libro ritual oficial para estas bendiciones.
Una bendición pastoral no tiene procedimientos, rituales, o protocolos oficialmente establecidos (FS, núm. 37). Es simplemente una respuesta simple e informal a una solicitud espontánea.
No está programado, y no es un evento social.
Una bendición pastoral no cambia el estatus de una persona con respecto a poder recibir los sacramentos, servir como patrocinador sacramental, u ocupar un puesto que requiera ser un católico practicante con buena reputación.
No hay inscripción de una bendición pastoral en los registros sacramentales ni concesión de certificados de ningún tipo.
Si las personas no parecen dispuestas apropiadamente a esta comprensión de una bendición pastoral, entonces el ministro puede decidir no dar una bendición. Tiene el derecho y el deber de ejercer su conciencia como ministro ordenado de la Iglesia. Puede consultar con su obispo para comprender mejor estos criterios.
Ánimo pastoral para el crecimiento en la virtud
Una parte regular del ministerio pastoral de cualquier sacerdote o diácono incluye guiar a las personas lejos del comportamiento pecaminoso y hacia la virtud. Esto implica llevar a las personas a un discipulado más maduro mediante la enseñanza, la catequésis, la amonestación, y el hablar la verdad en amor (Efesios 4:15). No debemos olvidar que las primeras palabras de Jesús en su ministerio público fueron “arrepiéntanse y crean en el Evangelio” (Marcos 1:15). El Evangelio siempre nos ha llamado a la conversión a los pecadores, y todavía lo hace.
Los ministros ordenados deben preocuparse por el estado del alma de cada miembro de su rebaño y por su salvación eterna. Nuestras bendiciones, incluso las simples pastorales, no deben ser una afirmación de acciones objetivamente pecaminosas. Podemos bendecir a las personas mientras sean pecadoras, pero no podemos respaldar el pecado. No debemos afirmar lo que es contrario a la ley de Dios. Todos debemos tener presente la respuesta de Jesús a la mujer sorprendida en adulterio. Él no la condenó, pero sí le dijo: “Ve y no peques más” (Juan 8:11).
Fiducia Supplicans afirma que las bendiciones pastorales confieren gracias actuales. Las gracias actuales ayudan a la persona a “madurar y crecer en la fidelidad al mensaje del Evangelio, liberarse de sus imperfecciones y fragilidades” (FS, núm. 31). Así, siempre que un ministro ordenado decida conceder una bendición pastoral sencilla e informal a las personas en situación de pecado objetivo, debe ser para ayudarles a abrir su vida a Dios, “para pedirle ayuda para vivir mejor e invocar también al Espíritu Santo para que se vivan con mayor fidelidad los valores del Evangelio” (FS, núm. 40).